Calculadora de Indemnización por Despido
Averigua la compensación económica que te corresponde en caso de despido. Esta herramienta tiene en cuenta la reforma laboral de 2012 para los cálculos de despidos improcedentes con contratos antiguos.
Datos del Despido
Incluye pagas extras y complementos salariales consolidados.
Indemnización Estimada
Aviso legal: Esta herramienta aplica la fórmula matemática dictada por el Estatuto de los Trabajadores. En situaciones reales, variables como la inclusión de bonus en el salario regulador pueden requerir valoración legal. No sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista.
¿Cómo se calcula?
El cálculo depende del tipo de despido y de la fecha en que empezaste a trabajar:
- Despido Objetivo: 20 días de salario por año trabajado. Tiene un límite máximo legal de 12 mensualidades.
- Despido Improcedente (Pre-2012): Para el tiempo trabajado antes del 12/02/2012, son 45 días por año. Para el tiempo trabajado después, son 33 días por año. Tope máximo general de 24 mensualidades (salvo que ya tuvieras acumuladas más, en cuyo caso el tope son 42).
- Despido Improcedente (Post-2012): Si tu contrato empezó después del 12/02/2012, corresponden 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.
Marco Legal (Estatuto de los Trabajadores)
Los parámetros utilizados para esta estimación están anclados en la normativa vigente:
- Artículo 53 ET: Regula la indemnización de 20 días para el despido por causas objetivas.
- Artículo 56 ET: Fija la indemnización del despido improcedente en 33 días por año.
- Disposición Transitoria 5ª ET: Establece el cálculo en dos tramos para los contratos firmados antes de la reforma laboral del 12 de febrero de 2012 y sus reglas de topes.
Preguntas Frecuentes
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y objetivo?
El despido objetivo se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa, y da derecho a 20 días de salario por año trabajado (máximo 12 mensualidades). El despido improcedente es aquel que no está justificado por ley, dando derecho a 33 días por año (máximo 24 mensualidades) para contratos posteriores al 12/02/2012, o a readmitir al trabajador.
¿Tengo derecho a paro tras un despido improcedente?
Sí. Cualquier tipo de despido (improcedente, objetivo o incluso disciplinario procedente) te coloca en 'situación legal de desempleo', por lo que tienes derecho a cobrar el paro si cumples los requisitos de cotización previa (mínimo 360 días).
¿Cuál es el plazo para impugnar un despido?
Dispones de un plazo de 20 días hábiles (no cuentan fines de semana ni festivos) desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
¿Se puede negociar la indemnización?
Sí. En el acto de conciliación previo al juicio o incluso en la puerta del juzgado, empresa y trabajador pueden llegar a un acuerdo económico. Muchas veces las empresas pactan reconocer la improcedencia a cambio de pagar los 33 días y evitar el juicio.
¿Tributa la indemnización por despido?
Como regla general, la indemnización por despido está exenta de tributar en el IRPF hasta el límite legal (por ejemplo, 33 días por año si es improcedente) y con un máximo absoluto de 180.000 euros. Cualquier cantidad pactada por encima del límite legal sí tributará como rendimiento del trabajo.