EPSV en Bizkaia y Álava 2026: cuánto desgrava, límites y rescate
Autor: Equipo Finbloom
Publicado: 9 de julio de 2026 · Actualizado: 8 de octubre de 2026
Aportar a una EPSV (Entidad de Previsión Social Voluntaria) es la forma más directa de pagar menos IRPF en Bizkaia y Álava. Tiene dos ventajas que se suman:
- Todo lo que aportas se resta de tu base imponible. Te ahorras tu tipo marginal: entre el 23% y el 49%.
- Si tu plan de empresa es "preferente", tus aportaciones dan derecho además a una deducción directa en la cuota del 10% al 25%.
¿Cuánto te ahorrarías tú? Usa nuestra calculadora de EPSV 2026: con tu sueldo te dice el ahorro real en la renta y hasta qué importe te compensa aportar antes del 31 de diciembre.
Cuánto te ahorras: la reducción de la base
Hacienda calcula el IRPF sobre tu base liquidable: tu sueldo bruto menos la Seguridad Social y la bonificación por rendimientos del trabajo. Lo que aportas a la EPSV se resta de esa base, así que deja de pagar impuestos al tipo más alto que te toque.
Ejemplo: con 35.000 € brutos, tu base liquidable es de unos 29.725 € (35.000 − 2.275 de Seguridad Social − 3.000 de bonificación). Estás en el tramo del 28%. Si aportas 3.000 € a una EPSV individual, todos esos euros dejan de tributar al 28%:
3.000 € × 28% = 840 € menos de impuesto en la declaración del año siguiente. El esfuerzo real para ti son 2.160 €.
En 2026 Bizkaia, Álava y Gipuzkoa aplican la misma escala, así que el ahorro por aportar 3.000 € es el mismo en los tres territorios:
| Sueldo bruto anual | Tipo marginal | Ahorro por aportar 3.000 € |
|---|---|---|
| 20.000 € o menos | — | 0 € (no estás obligado a declarar) |
| 22.000 € | 23% | 690 € |
| 30.000 € | 28% | 840 € |
| 40.000 € | 28% | 840 € |
| 50.000 € | 35% | 1.050 € |
| 80.000 € | 40% | 1.200 € |
Contribuyente sin hijos ni otras rentas. Escala general de 2026, Seguridad Social del 6,50% y bonificación del trabajo de 8.000 € a 3.000 € según el rendimiento.
Por debajo de 20.000 € brutos, si solo tienes sueldo, no estás obligado a declarar: lo que te retienen en la nómina es tu impuesto final y aportar a la EPSV no te ahorra nada ese año.
Límites de aportación en 2026
Estos son los límites de reducción de 2026, iguales en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa:
| Tipo de aportación | Límite anual |
|---|---|
| Tus aportaciones propias | 5.000 € |
| Contribuciones de la empresa + tus aportaciones al plan de empresa | 8.000 € |
| Planes de empleo de autónomos | 4.000 € |
| Límite conjunto de todo lo anterior | 10.000 € (12.000 € en 2025) |
| A favor de tu cónyuge o pareja de hecho, si no tiene ingresos o gana menos de 8.000 € | 2.400 € |
- Lo que no puedas reducir porque superas los límites o porque tu base no es suficiente se puede reducir en los cinco años siguientes, siempre que no estés jubilado.
- Desde el año siguiente a jubilarte, las nuevas aportaciones ya no reducen la base.
La deducción extra de los planes de empresa "preferentes"
Desde 2025, si participas en un plan de previsión social preferente de tu empresa (una EPSV de empleo que cumple unos requisitos especiales y suele venir del convenio), tus aportaciones tienen además una deducción directa en la cuota.
El porcentaje no depende de lo que aportes tú, sino de lo que aportan en conjunto todos los trabajadores y la empresa sobre el salario bruto anual total de la empresa:
| Aportaciones conjuntas sobre la masa salarial de la empresa | Deducción en cuota |
|---|---|
| Menos del 3% (solo de 2025 a 2029) | 10% |
| Del 3% al 5% | 15% |
| Del 5% al 8% | 20% |
| 8% o más | 25% |
| Si tienes menos de 36 años | 25% siempre |
Tres cosas que conviene saber:
- La deducción se aplica a tus aportaciones, no a las de la empresa. La empresa tiene su propia deducción en el Impuesto sobre Sociedades.
- Como el porcentaje depende del conjunto de la empresa, aportar tú un poco más no te cambia de tramo. Pregunta en recursos humanos o a tu EPSV si tu plan es preferente y en qué tramo está.
- Si un año no tienes cuota suficiente para aplicarla entera, lo que sobre se aplica en los cinco años siguientes.
Ejemplo: tienes 40 años, ganas 35.000 € brutos en Bizkaia y aportas 1.050 € (el 3% de tu sueldo) al plan preferente de tu empresa, que pone otros 1.050 €. En tu empresa, las aportaciones conjuntas suponen el 6% de la masa salarial, así que te corresponde el 20%.
- Reducción de la base: 1.050 € × 28% = 294 €.
- Deducción en cuota: 1.050 € × 20% = 210 €.
- En total te ahorras 504 €: de cada 100 € que aportas, recuperas 48.
Lo que aporta la empresa se suma a tu sueldo como retribución y se resta después como aportación, así que, dentro de los límites, no pagas impuestos por ello.
Autónomos
- Puedes reducir hasta 5.000 € por tus aportaciones a una EPSV individual y 4.000 € más por las aportaciones a planes de empleo de autónomos.
- Por esas aportaciones a planes de empleo tienes una deducción en la cuota del 10%, que sube al 15% si tienes menos de 36 años o si el plan es preferente.
Cómo tributa el rescate desde 2026
Desde 2026, lo que cobras de la EPSV se divide en dos partes que tributan distinto:
- La parte que viene de tus aportaciones (y de las de tu empresa) tributa como rendimiento del trabajo, en la base general.
- La rentabilidad que ha generado tributa como rendimiento del capital mobiliario, en la base del ahorro (del 19% al 28%).
| Cobro en forma de renta | Cobro en forma de capital | |
|---|---|---|
| Aportaciones | Tributan al 100% | Tributa el 70% (el 60% si vienen de aportaciones anteriores a 2026), hasta 300.000 € |
| Rentabilidad | Exenta si la renta es vitalicia o de al menos 15 años con cuantía constante: sin límite en Bizkaia y hasta el 40% de la prestación en Álava | Tributa al 100% en la base del ahorro |
- El porcentaje reducido del cobro en capital se aplica a la primera cantidad que cobres en forma de capital por cada contingencia, si han pasado más de dos años desde la primera aportación (salvo invalidez o dependencia).
- Si tu EPSV no informa de la rentabilidad, se calcula como un 1% de la prestación por cada año de antigüedad, con un máximo del 35%. Si tampoco informa de la antigüedad, se toma el 25% de la prestación.
Es decir, desde 2026 cobrar en forma de renta larga sale mucho mejor que cobrarlo todo de golpe, sobre todo si tu EPSV ha generado mucha rentabilidad.
Bizkaia, Álava y Gipuzkoa: qué cambia
En 2026 los límites, la deducción de los planes preferentes y la forma de tributar el rescate son iguales en los tres territorios. La única diferencia está en la rentabilidad cobrada en forma de renta: en Bizkaia está exenta sin límite, y en Álava y Gipuzkoa hasta el 40% de la prestación. Lo tienes comparado en EPSV en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, y el caso de Gipuzkoa en EPSV en Gipuzkoa 2026. Si dudas entre una EPSV y un plan de pensiones, mira EPSV vs plan de pensiones.
Fuentes: tabla oficial «Régimen de las aportaciones y prestaciones a Entidades de Previsión Social Voluntaria 2025-2026» (Federación de EPSV de Euskadi, publicada en euskadi.eus); art. 91 bis de la Norma Foral 13/2013 del IRPF de Bizkaia, en la redacción de la Norma Foral 2/2025; Norma Foral 3/2025 de Álava; escala general del IRPF de 2026.
Este artículo es informativo. Para un caso concreto, consulta con tu Hacienda Foral o con un asesor fiscal.
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