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Fiscalidad Foral26 de agosto de 2026

Prejubilación en Bizkaia 2026: cómo tributa

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Autor: Equipo Finbloom

Publicado: 26 de agosto de 2026 · Actualizado: 8 de octubre de 2026

Revisado con fuentes oficiales

Si tu empresa te ha propuesto prejubilarte, la primera pregunta no debería ser "cuánto me dan", sino "cómo se ha producido la salida". En Bizkaia, dos personas con la misma indemnización pueden pagar cantidades muy distintas de IRPF según si su salida fue por mutuo acuerdo o por un despido colectivo objetivo. La diferencia no es un matiz técnico menor — puede suponer decenas de miles de euros. Aquí te explicamos exactamente cómo tributa cada caso, con datos verificados directamente de la Hacienda Foral de Bizkaia.

Qué es exactamente una prejubilación

La prejubilación no es una figura legal única — es un término que engloba varias formas distintas de dejar de trabajar antes de la edad de jubilación ordinaria, cada una con su propio tratamiento fiscal y laboral. En la práctica, las más habituales son:

  • Mutuo acuerdo entre empresa y trabajador, sin que medie un proceso de despido colectivo
  • Despido colectivo o ERE por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción)
  • Planes Estratégicos de Recursos Humanos en el caso de Administraciones Públicas

Que tu situación encaje en una u otra categoría no depende de cómo la empresa lo llame en la reunión, sino de los términos legales exactos del acuerdo o del expediente. Por eso conviene revisar bien el documento antes de firmar o calcular el finiquito esperado.

Camino 1: Prejubilación por mutuo acuerdo

Es el caso más habitual — la empresa te ofrece salir antes de la edad de jubilación, firmas un acuerdo, y recibes una indemnización. Aquí está la parte que sorprende a mucha gente:

No existe ninguna cantidad exenta de IRPF. Toda la indemnización tributa. La única ventaja fiscal disponible es cómo se integra en tu base imponible según la forma de cobro:

  • En forma de capital (pago único): se considera rendimiento del trabajo "notoriamente irregular en el tiempo" — solo se integra el 50% en tu base imponible, siempre que lo cobres en un único periodo impositivo
  • En forma de renta (pagos periódicos): tributa al 100%, sin ninguna reducción

Ejemplo 1: Tu indemnización por mutuo acuerdo es de 100.000€ y la cobras en un único pago. Solo tributarás por 50.000€ como rendimiento del trabajo, que se suma a tu base imponible general del ejercicio en que lo cobres, aplicándose los tramos habituales de IRPF de Bizkaia sobre esa cantidad (junto con el resto de tus ingresos del año).

Ejemplo 2: La misma indemnización de 100.000€, pero la cobras repartida en 5 años (20.000€/año) como renta. En este caso tributas por el 100% de cada pago, es decir, los 20.000€ íntegros cada año se suman a tu base imponible de ese ejercicio. Dependiendo de tu situación, cobrar en capital suele salir fiscalmente mejor porque evita elevar tu tipo marginal cada año.

Camino 2: Despido colectivo o ERE por causas objetivas

Este caso es fiscalmente mucho más favorable, si se cumplen los requisitos legales:

  • La parte de la indemnización hasta el límite legal del despido improcedente (según el Estatuto de los Trabajadores) queda exenta de IRPF
  • Esa exención tiene un tope máximo de 187.272€ en 2026 (183.600€ en 2025), único por cada despido o cese
  • El exceso sobre esa cantidad exenta, si se cobra en capital, se integra al 60% (o al 50% si llevabas más de 5 años trabajando en la empresa); si se cobra en forma de renta, al 100% (con la excepción de los EREs, que se integran al 70% hasta 2,5 veces el SMI)

Fuente: Norma Foral 2/2025, de IRPF de Bizkaia (artículo 9.e, exención de indemnizaciones por despido o cese del trabajador hasta el límite del Estatuto de los Trabajadores).

Ejemplo 3: Te despiden por ERE tras 12 años en la empresa, y la indemnización asciende a 200.000€. El límite legal de exención para tu antigüedad y salario es de 150.000€. Esos 150.000€ quedan completamente libres de IRPF. De los 50.000€ restantes, al llevar más de 5 años en la empresa, solo se integra el 50% en tu base imponible — es decir, tributas efectivamente por 25.000€, no por 50.000€.

Ejemplo 4 — comparativa directa con el caso anterior: Con la misma cantidad total (200.000€), si hubiera sido por mutuo acuerdo en vez de ERE, tributarías por el 50% de los 200.000€ completos (100.000€), sin ninguna exención previa. La diferencia entre tributar por 25.000€ o por 100.000€ puede suponer varios miles de euros más o menos de IRPF a pagar, dependiendo de tu tipo marginal.

El caso especial que ya no existe: Planes de RRHH de Administraciones Públicas

Antes del 1 de marzo de 2021, las prejubilaciones dentro de Planes Estratégicos de Recursos Humanos de las Administraciones Públicas tenían exención total, igual que los despidos colectivos, con el mismo límite de 180.000€. Desde esa fecha, ya no. Los hechos causantes producidos a partir del 1 de marzo de 2021 tributan como cualquier rendimiento del trabajo, con la posible reducción al 50% si se cobra en un único periodo impositivo (con límite de 300.000€).

La diferencia que más dinero mueve: tabla comparativa

Mutuo acuerdoDespido colectivo/ERE
Cantidad exentaNingunaHasta 187.272€
Exceso en capitalIntegra al 50%Integra al 60% (o 50% si >5 años)
Exceso en rentaIntegra al 100%Integra al 100% (70% en EREs, límite 2,5×SMI)

Si tu empresa te ofrece elegir la fórmula de salida, esta diferencia puede suponer decenas de miles de euros de diferencia real en lo que acabas pagando a Hacienda. No es lo mismo aceptar "de mutuo acuerdo" que exigir que la salida se tramite como despido colectivo objetivo, si tu situación lo permite.

Requisitos generales de la jubilación anticipada (marco estatal)

Independientemente del tratamiento fiscal de la indemnización, si tu objetivo final es la jubilación anticipada, en 2026 los requisitos generales son:

  • Edad mínima de 63 años si tienes más de 38 años y 3 meses cotizados
  • Edad mínima de 64 años y 10 meses si tienes menos cotización acumulada
  • Periodo mínimo de cotización efectiva de 35 años
  • Estar dado de alta o en situación asimilada en la Seguridad Social
  • El importe resultante de la pensión, tras aplicar los coeficientes reductores por anticipar la jubilación, debe ser superior a la pensión mínima que te correspondería a la edad ordinaria — si no lo es, no puedes acogerte a esta modalidad

El convenio especial con la Seguridad Social: no perder cotización mientras esperas

Si dejas de trabajar antes de la edad de jubilación (por prejubilación o por cualquier otro motivo), puede interesarte suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando voluntariamente mientras llega el momento de tu jubilación oficial. Esto evita que se produzcan lagunas de cotización que reduzcan tu pensión futura.

Requisitos generales: haber cotizado al menos 1.080 días (3 años) en los 12 años inmediatamente anteriores a la baja. El tipo de cotización se calcula aplicando el tipo único de contingencias comunes (28,30%) multiplicado por un coeficiente reductor (0,94), resultando en un tipo efectivo aproximado del 26,60%, más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,90% adicional desde 2026) si el convenio incluye cobertura de jubilación. Puedes elegir la base de cotización entre varias opciones: la mínima, la media de tus últimos 12 meses trabajados, o la máxima si cumples los requisitos.

Fuente: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (artículos 249 bis y siguientes), y Orden TAS/2865/2003.

Conclusión

Antes de firmar cualquier acuerdo de prejubilación, pregunta explícitamente a tu empresa (o a tu asesor) bajo qué figura legal se produce tu salida — mutuo acuerdo o despido colectivo objetivo — porque el tratamiento fiscal es radicalmente distinto. La diferencia entre pagar IRPF por el 100% o por el 50% de tu indemnización, con posible exención de hasta 187.272€, puede ser la decisión económica más importante de toda la negociación. Y no olvides plantearte el convenio especial con la Seguridad Social si vas a dejar de cotizar antes de tu jubilación oficial. (Si cuentas además con un plan de previsión complementario, recuerda revisar las condiciones de rescate de la EPSV en Bizkaia).

[!NOTE] Este artículo tiene fines informativos generales basados en la normativa vigente en 2026, verificada directamente con la Hacienda Foral de Bizkaia y la Seguridad Social. Antes de firmar cualquier acuerdo de prejubilación o despido, consulta con tu Hacienda Foral o un asesor fiscal, ya que cada caso puede tener matices específicos que cambien el resultado.

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